? Entra en vigor a las 00:00h del Lunes 11 de Mayo.
⚠️ El Estado de Alarma continúa hasta el 24 de Mayo.
CAP I. DISPOSICIONES GENERALES.
? Siempre que sea posible se continuará el teletrabajo.
?? Los trabajadores tendrán geles hidroalcohólicos o agua y jabón.
? EPI’s con distancia inferior a 2m.
?? El fichaje con huella dactilar será sustituido, o desinfectarlo antes y después de cada uso.
? Distancia de seguridad interpersonal mínima de dos metros entre los trabajadores.
?Si un trabajador empezara a tener síntomas abandonará su puesto de trabajo.
❌ Evitar la coincidencia masiva de personas, trabajadoras o no, en espacios o centros de trabajo.
? Medidas de limpieza y desinfección adecuadas en los locales y establecimientos.
??Uniforme o ropa de trabajo, se procederá al lavado y desinfección diaria.
? 5 minutos de ventilación diaria en las instalaciones.
? El ascensor se usará lo imprescindible e individual, preferencia de escaleras.
? El uso de los aseos su ocupación máxima será de una persona, salvo dependientes, limpieza 6️⃣ veces al día.
? Se fomentará el pago con tarjeta.
? Se deberá disponer de papeleras.
CAP II. MEDIDAS DE CARÁCTER SOCIAL.
? Se podrá circular por la PROVINCIA, y a otra parte de ESPAÑA por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.
?? Deberá respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias, una distancia mínima de seguridad de 2️⃣m o medidas de protección física.
1️⃣0️⃣ personas como máximo excepto personas convivientes.
⚰️ Los velatorios máximo 1️⃣5️⃣ personas en espacios al aire libre o 1️⃣0️⃣ personas en espacios cerrados.
⛪️ Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo
? Uso de mascarilla con carácter general.
? Antes de cada reunión o celebración, se deberán realizar tareas de desinfección.
❌ Aglomeraciones de personas en los accesos e inmediaciones de los lugares de culto.
?A la entrada geles hidroalcohólicos.
❌ El contacto personal, manteniendo en todo momento la distancia de seguridad.
❌ La distribución de cualquier tipo de objeto, libros o folletos.
❌ Tocar o besar objetos de devoción.
CAP III. COMERCIOS MINORISTAS.
➖ de 400m2 cuadrados.
3️⃣0️⃣% aforo.
2️⃣m entre clientes o permanencia individual.
➕ de 65 años, horario preferente.
? Apertura con cita previa, los concesionarios de automoción, las ITV y ?? los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil.
??? Recogida en el local sin aglomeraciones.
? Reparto a domicilio preferente para colectivos determinados.
????? Apertura de mercadillos.
❌ No manipulación por parte de los consumidores.
2️⃣5️⃣% de los puestos.
? Distancia entre trabajadores, clientes y viandantes.
? Los establecimientos y locales al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección.
❌? No se utilizarán los aseos de los establecimientos comerciales por parte de los clientes, salvo en caso de que resultara estrictamente necesario.
?? En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal.
⏱El tiempo de permanencia será el estrictamente necesario.
⏸ Se deberán señalar la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes.
? Los establecimientos y locales deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos.
❌ No se podrá poner a disposición de los clientes productos de prueba no destinados a la venta.
?? Los probadores deberán utilizarse por una única persona, después de su uso se limpiarán y desinfectarán.
? En caso de que un cliente se pruebe una prenda que no adquiera, la prenda será higienizada antes que sea facilitada a otros clientes.
⚠️ Exponer al público el aforo máximo de cada local.
? Cuando se disponga de dos o más puertas, se podrá establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida.
CAP IV. TERRAZAS.
5️⃣0️⃣% de su capacidad y 2️⃣m de distancia.
? Limpieza y desinfección de mesas y sillas entre un cliente y otro.
? Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso.
? Se pondrá a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos.
❌? Se evitarán cartas de uso común.
❌? Se eliminarán productos de autoservicio, priorizando monodosis desechables.
? El uso de los aseos su ocupación máxima será de una persona, salvo dependientes, limpieza 6️⃣ veces al día.
CAP V. SERVICIOS SOCIALES.
✅ Abiertos para la atención presencial a la ciudadanía, siempre que ésta sea necesaria.
☎️ Cuando sea posible, se priorizará la prestación de servicios por vía telemática.
CAP VI. CENTROS EDUCATIVOS.
✅ Su apertura para desinfección, acondicionamiento y para la realización de funciones administrativas.
? Se limitará al máximo posible el empleo de documentos en papel y su circulación.
? Los lugares de atención al público,
separación entre los trabajadores del centro educativo y los usuarios.
?? Dar a sus trabajadores material de protección necesario.
CAP VII. CIENCIA E INNOVACIÓN.
?? Garantizar la protección de toda persona que preste servicios.
? Limpieza y desinfección periódica de los locales e instalaciones donde se desarrollen tales actividades.
? Se permitirá la realización de congresos, encuentros, eventos y seminarios en el ámbito de la investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación.
CAP VIII. BIBLIOTECAS.
❌ No podrán hacerse actividades culturales, actividades de estudio en sala, uso de los ordenadores.
✅ Se podrá permitir la consulta de publicaciones excluidas de préstamo domiciliario con reducción de aforo y sólo en los casos en que se considere necesario.
? Una vez consultadas, se depositarán en un lugar apartado y separadas entre sí durante al menos catorce días.
? Proceder a la limpieza y desinfección de las instalaciones, mobiliario y equipos de trabajo.
⏸ Se deberán señalar la distancia de seguridad interpersonal.
?Poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos.
? Cerrar, panelar, instalar balizas, acordonar o instalar otros elementos de división para impedir el acceso a los usuarios a las zonas no habilitadas para la circulación de los usuarios.
3️⃣0️⃣% del aforo.
? Los lugares de atención al público dispondrán de medidas de separación entre los trabajadores de la biblioteca y los usuarios.
? El uso de los aseos su ocupación máxima será de una persona, salvo dependientes, limpieza 6️⃣ veces al día
? Se instalarán carteles y otros documentos informativos sobre las medidas higiénicas.
CAP IX. MUSEOS.
3️⃣0️⃣% el aforo.
✅ Solo permitidas las visitas
❌ No la realización de actividades culturales ni didácticas.
❌ Los elementos museográficos para un uso táctil, audioguías y folletos estarán inhabilitados..
✅ Las visitas serán individuales o por familias.
⏸ Poner en el suelo vinilos, distancia de 2️⃣m en zonas de acceso y espera.
? Habrá geles hidroalcohólicos para su uso por los visitantes.
? Mamparas en aquellos puntos que impliquen un contacto directo entre trabajadores y público visitante.
? Se llevará a cabo una limpieza y desinfección periódica del museo.
? El uso de los aseos su ocupación máxima será de una persona, salvo dependientes, limpieza 6️⃣ veces al día.
CAP X. PRODUCCIÓN Y RODAJE.
? Los equipos de trabajo se reducirán al número imprescindible de personas.
?? Cuando la naturaleza de la actividad lo permita, distancia interpersonal con terceros y equipos de protección adecuados.
ℹ️ Peluquería, maquillaje y ropa, mismas medidas que en locales.
CAPÍTULO XI. ESPECTÁCULOS CULTURALES.
? Podrá procederse a la reapertura al público de todos los locales y establecimientos en los que se desarrollen actos y espectáculos culturales.
3️⃣0️⃣ Personas si se realizan en lugares cerrados.
2️⃣0️⃣0️⃣ Personas si son al aire libre.
⏸ Se establecerán marcas de distanciamiento en el suelo en el acceso a la sala.
? La apertura de puertas se realizará con antelación suficiente para permitir un acceso escalonado.
❌ No se entregará libreto ni programa ni otra documentación en papel.
❌ No se prestarán servicios complementarios, tales como tiendas, cafetería o guardarropa.
?A disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos.
? Limpieza y desinfección de los aseos al inicio y al final de cada representación, así como tras los intermedios o pausas.
CAP XII. ACTIVIDAD DEPORTIVA PROFESIONAL Y FEDERADA.
✅ Se autoriza el acceso a los Centros de Alto Rendimiento a los deportistas integrados en los programas aprobados, los deportistas de Alto Nivel (DAN), los deportistas de Alto Rendimiento (DAR) y los reconocidos de interés nacional por el Consejo Superior de Deportes.
?? Únicamente podrá acceder con los deportistas un entrenador en el caso de que resulte necesario, así como con personas con discapacidad o menores.
? Antes de la apertura del Centro se procederá a su limpieza y desinfección, así como tras cada turno.
⚽️? Podrán desarrollar entrenamientos de tipo medio que consistirán en el ejercicio de tareas individualizadas de carácter físico y técnico, y táctico hasta un máximo de 1️⃣0️⃣.
❌ No podrán asistir medios de comunicación.
?? Centros de Alto Rendimiento, máximo 1️⃣0️⃣ participantes en reuniones técnicas.
? Se realizará el control médico y posterior seguimiento del personal que acceda al centro, tanto deportistas, técnicos como personal asimilable.
? Limpieza y desinfección periódica de los locales e instalaciones donde se desarrollen tales actividades.
❌ No podrán compartir ningún material o ser desinfectado tras cada uso.
✅ Se podrá proceder a la apertura de las instalaciones deportivas al aire libre para la realización de actividades deportivas.
✅ Podrá acceder a las mismas cualquier ciudadano que desee realizar una práctica deportiva, incluidos los deportistas de alto nivel, de alto rendimiento, profesionales, federados, árbitros o jueces y personal técnico federativo.
? Se considera instalación deportiva al aire libre, toda aquella instalación deportiva descubierta, con independencia de que se encuentre ubicada en un recinto cerrado o abierto, que carezca de techo y paredes simultáneamente, y que permita la práctica de una modalidad deportiva.
❌??♂️ Excluidas piscinas y las zonas de agua.
? Antes de la reapertura de la instalación se llevará a cabo su limpieza y desinfección.
☎️ Requerirá cita previa.
3️⃣0️⃣% De capacidad de aforo de uso deportivo en cada instalación.
?? Únicamente podrá acceder con los deportistas un entrenador en el caso de que resulte necesario, así como con personas con discapacidad o menores.
? Antes de la apertura del Centro se procederá a su limpieza y desinfección, así como tras cada turno.
??♀️ Las instalaciones y centros deportivos de titularidad pública o privada, podrán ofertar servicios deportivos dirigidos al desarrollo de actividad deportiva con carácter individualizado y ☎️ con cita previa.
? Antes de la apertura del Centro se procederá a su limpieza y desinfección, así como tras cada turno.
ℹ️ Si el centro cuenta con varios entrenadores podrá prestarse el servicio individualizado a tantas personas como entrenadores disponga, no pudiendo en ningún caso superar el 3️⃣0️⃣% del aforo.
❌ No se abrirán a los usuarios los vestuarios y zonas de duchas..
CAP XIII. HOTELES.
?☕️ Solo para clientes hospedados, se prestará servicio de restauración y cualquier otro servicio que resulte necesario para la correcta prestación del servicio de alojamiento, ❌ no se prestarán en las zonas comunes.
❌ No estará permitida la utilización de piscinas, spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas y salones de eventos.
? El uso de los aseos su ocupación máxima será de una persona, salvo dependientes, limpieza 6️⃣ veces al día
⛔️ Aquellas zonas que no estén en uso deberá contar con una clara identificación.
? Se instalarán carteles y otros documentos informativos sobre las medidas higiénicas.
? Mamparas en aquellos puntos que impliquen un contacto directo entre trabajadores y clientes.
?A disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos.
? Previa apertura del establecimiento será necesario realizar una limpieza de las instalaciones, incluyendo zonas de paso, zonas de servicio, habitaciones, parcelas y viviendas, y tras cada alojamiento.
CAP XIV. TURISMO ACTIVO Y NATURALEZA.
⛰ Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de un máximo de hasta diez personas, ☎️ mediante cita previa.
? Aseos y vestuarios, que deberán disponer de ? jabón desinfectante para el lavado de manos y/o ? geles hidroalcohólicos.
? El uso de los aseos su ocupación máxima será de una persona, salvo dependientes, limpieza 6️⃣ veces al día.
??♂️ Los servicios de inspección municipales, autonómicos o de policía especial, en el ámbito de sus competencias, serán los encargados de vigilar el cumplimiento de las medidas recogidas en esta orden.
❌?? No se entiende como actividad deportiva la práctica de la pesca y caza deportiva.
ORDEN SND/399/2020 DE 9 DE mayo de 2020 (BOE nº 130 DE 9 DE MAYO)
FLEXIBILIZACIÓN DE DETERMINADAS RESTRICCIONES EN EL ÁMBITO NACIONAL EN APLICACIÓN DE LA FASE I (LUNES 11 DE MAYO) PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDAD
DETALLE DE ACTIVIDADES QUE PODRÁN REANUDAR SU ACTIVIDAD
- COMERCIO MINORISTA Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE < 400 m2 (De momento, no se permite la apertura de aquellos pequeños comercios que estén ubicados en Centros o Parques Comerciales sin acceso directo e independiente del exterior)
- HOSTELERÍA. Sólo terrazas. 50% Mesas y un máximo de 10 personas/mesa
- HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS. Incluidos los servicios de restauración y cafetería SÓLO PARA CLIENTES ALOJADOS. No zonas comunes
- MERCADO SEMANAL/MERCADILLOS. Sólo venta de alimentación y productos de primera necesidad. SÓLO EL 25% NUMERO DE PUESTOS DE VENTA (corresponde a Ayuntamiento esta gestión)
- CONCESIONARIOS DE AUTOMOCIÓN con cita previa
- ITV con cita previa
- CENTROS DE JARDINERÍA Y VIVEROS DE PLANTAS con cita previa
- CENTROS EDUCATIVOS Y UNIVERSIDADES Sólo funciones administrativas
- LABORATORIOS UNIVERSITARIOS
- ACTIVIDAD CIENCIA E INNOVACIÓN. Celebración de Seminarios, Congresos y Eventos en el ámbito de la Investigación, Desarrollo e Innovación
- Préstamo y Devolución de obras, lectura en sala, servicio de información bibliográfica y bibliotecaria
- Sólo 1/3 aforo
- CENTROS DE SERVICIOS SOCIALES Y DEPENDENCIA. terapia, rehabilitación, atención temprana y atención diurna para personas con discapacidad y/o en situación de dependencia
- CENTROS DE ALTO RENDIMIENTO. Deportistas federados y profesionales
- ACTIVIDADES DE TURISMO ACTIVO Y NATURALEZA. Con cita previa y para grupos máximo de 10 personas
- SE PERMITIRÁ A LOS CIUDADANOS MOVERSE POR SU PROVINCIA
- ASISTENCIA A ENTIERROS, VELATORIOS Y CELEBRACIONES RELIGIOSAS.– Consultar condiciones
MEDIDAS DE HIGIENE Y PREVENCIÓN
- Fomento de los medios no presenciales de trabajo.- Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia.
- Medidas de higiene y/o de prevención para el personal trabajador de los sectores de actividad previstos en esta orden.
- se asegurará que todos los trabajadores tengan permanentemente a su disposición en el lugar de trabajo geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos, o cuando esto no sea posible, agua y jabón
- cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente dos metros, se asegurará que los trabajadores dispongan de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo
- El fichaje con huella dactilar será sustituido o bien se deberá desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso POR CADA TRABAJADOR
- La disposición de los puestos de trabajo, la organización de los turnos y el resto de condiciones de trabajo existentes en los centros se modificarán, en la medida necesaria, para garantizar la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal mínima de dos metros
- las medidas de distancia previstas de dos metros deberán cumplirse, en su caso, en los vestuarios, taquillas y aseos de los trabajadores
- Si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la enfermedad, se contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma o centro de salud correspondiente. Siempre que sea posible, el trabajador se colocará una mascarilla, debiendo abandonar, en todo caso, su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.
- Coordinar las entradas y salidas del trabajo PARA EVITAR LA COINCIDENCIA DE PERSONAS, TRABAJADORAS O NO. Ajustes en la Organización horaria
- Medidas de higiene exigibles a las actividades previstas en esta orden
- En las tareas de limpieza se prestará especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas, y otros elementos de similares
- Se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida
- Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos
- En el caso de que se empleen uniformes o ropa de trabajo, se procederá al lavado y desinfección diaria de los mismos, debiendo lavarse de forma mecánica-lavadora- en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados
- Se deben realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones– Puertas abiertas preferentemente-
- Uso ascensores- si existen en el local o centro de trabajo- sólo 1 persona (salvo que se necesite asistencia por dependencia)
- Se fomentará el pago con el USO DE TARJETA. SE EVITARÁ, EN LO POSIBLE, EL DINERO FÍSICO. Se limpiará y desinfectará el datáfono tras cada uso, así como el TPV
- Se deberá disponer de papeleras, a ser posible con tapa y pedal, en los que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente, y al menos una vez al día.
- Flexibilización de medidas de carácter social.- Libertad de circulación
- Se podrá circular por la provincia, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales. A estos efectos, los grupos deberían ser de un máximo de diez personas, excepto en el caso de personas convivientes
- Se permite LA MOVILIDAD INTERTERRITORIAL Sólo entre algunas provincias publicadas. En el caso de la REGIÓN DE MURCIA, TODA LA PROVINCIA. Podéis consultar en la oficina de A.C.I.A. a qué provincias puedo ir antes de programar vuestro viaje de trabajo.
IMPORTANTE: Queda derogada la Orden SND/386/2020, de 3 de mayo, por la que se flexibilizan determinadas restricciones sociales y se determinan las condiciones de desarrollo de la actividad de comercio minorista y de prestación de servicios, así como de las actividades de hostelería y restauración en los territorios menos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
LOS HORARIOS DE APERTURA Y CIERRE SERÁN DE LIBRE APLICACIÓN POR EL COMERCIANTE. TENDRÁN PREFERENCIA DE ATENCIÓN FRENTE AL RESTO DE CLIENTES LAS PERSONAS > 65 AÑOS (NO GUARDARÁN COLA)
DUDAS/CONSULTAS PERSONALIZADAS SOBRE LAS DIFERENTES ACTIVIDADES QUE PERMITEN SU REANUDACIÓN EL LUNES 11 DE MAYO NOS TENÉIS A VUESTRA DISPOSICIÓN. TU SALUD, NUESTRA PRIORIDAD. Tlf: 658 77 17 44 o EMAIL: lucia.diaz@aciaweb.com